Legal
Términos y condiciones
Contrato marco de apertura y utilización de línea de crédito comercial
MI TIENDA VENEZUELA, C.A. | RIF J-40733962-1
Versión 1.1 · 12 de octubre de 2026 · República Bolivariana de Venezuela
PRIMERA. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
MI TIENDA VENEZUELA, C.A., sociedad mercantil venezolana, RIF J-40733962-1, que opera bajo la marca comercial CASAPRO, con domicilio fiscal en Avenida Alberto Arvelo Torrealba, entre avenida El Progreso y avenida Los Llanos, Edificio CASAPRO, planta baja, local CASAPRO, urbanización Alto Barinas Sur, Barinas, estado Barinas, zona postal 5201, República Bolivariana de Venezuela, en adelante LA EMPRESA o CASAPRO; y la persona natural registrada que acepta este contrato, en adelante EL CLIENTE. CREDIPRO es la plataforma tecnológica utilizada por LA EMPRESA para administrar el crédito comercial, y no una persona jurídica ni entidad financiera independiente.
SEGUNDA. DEFINICIONES
Para los efectos de este contrato, los términos que se indican a continuación, escritos en mayúscula inicial, en singular o en plural, tendrán el significado siguiente:
a) APLICACIÓN: la aplicación móvil CREDIPRO, para dispositivos con sistema iOS o Android, mediante la cual EL CLIENTE se registra, consulta su Línea de Crédito, confirma sus Compras Financiadas y realiza o reporta sus pagos.
b) PLATAFORMA: el conjunto formado por la Aplicación, el sitio web de CREDIPRO y los sistemas que LA EMPRESA utiliza en sus tiendas para administrar el crédito comercial.
c) LÍNEA DE CRÉDITO: el monto máximo que LA EMPRESA autoriza a EL CLIENTE para financiar la adquisición de bienes en CASAPRO, también denominado límite.
d) CRÉDITO DISPONIBLE: la parte de la Línea de Crédito que EL CLIENTE puede utilizar en un momento determinado, conforme a la cláusula QUINTA.
e) COMPRA FINANCIADA: cada adquisición de bienes en CASAPRO pagada total o parcialmente con cargo a la Línea de Crédito, con su comprobante y su Cronograma.
f) CARGO ADMINISTRATIVO: el cargo único previsto en la cláusula OCTAVA, que EL CLIENTE paga al formalizar cada Compra Financiada.
g) CUOTA: cada una de las seis (6) porciones quincenales en que se divide el capital de una Compra Financiada.
h) CRONOGRAMA: la relación de importes y fechas de vencimiento de las Cuotas de cada Compra Financiada, aceptada por EL CLIENTE al confirmarla.
i) PERÍODO DE GRACIA: el plazo posterior al vencimiento de cada Cuota previsto en la cláusula DÉCIMA CUARTA.
j) CUOTA VENCIDA: la Cuota que no ha sido pagada al finalizar su Período de Gracia.
k) SALDO A FAVOR: el monto pagado por EL CLIENTE en exceso de lo adeudado, conforme a la cláusula DÉCIMA TERCERA.
l) CATEGORÍA: el nivel asignado a EL CLIENTE dentro de la escala BRONCE, PLATA, ORO y PLATINO, conforme a la cláusula SEXTA.
m) CANALES OFICIALES: los medios de atención indicados en la cláusula VIGÉSIMA OCTAVA.
TERCERA. OBJETO Y NATURALEZA COMERCIAL
La línea de crédito se concede exclusivamente para adquirir bienes y mercancías comercializados por MI TIENDA VENEZUELA, C.A. mediante CASAPRO y canales expresamente habilitados. No constituye un préstamo de dinero de libre disposición: no permite retiros de efectivo, transferencias de disponibilidad ni su conversión en dinero. Cada utilización constituye una compraventa financiada individual, con comprobante y cronograma propios. La denominación de la operación no excluye las normas imperativas que resulten aplicables por su naturaleza económica.
CUARTA. REGISTRO E IDENTIFICACIÓN
EL CLIENTE deberá ser mayor de edad, contar con capacidad para contratar y suministrar datos de identificación, domicilio, contacto y capacidad de pago verdaderos, completos y actualizados. Autoriza las verificaciones legítimas necesarias para evaluar la solicitud y prevenir fraude. LA EMPRESA podrá solicitar soportes razonables y rechazar o suspender operaciones ante inconsistencias objetivas o indicios razonables de fraude, respetando los derechos del cliente.
QUINTA. LÍMITE INICIAL Y DISPONIBILIDAD
El límite inicial ordinario es USD 100,00, sujeto a las reglas de denominación y pago legalmente aplicables y previamente informadas. El crédito disponible equivale al límite autorizado menos el capital pendiente y las reservas válidas de operaciones. La aprobación del límite no obliga a autorizar todas las compras. Las reducciones de límite afectarán nuevas operaciones, sin alterar retroactivamente compras ya aprobadas.
SEXTA. CATEGORÍAS Y PROGRESIÓN
CREDIPRO establece las categorías BRONCE, PLATA, ORO y PLATINO. Los límites y beneficios concretos de cada categoría se publicarán en la aplicación. El pago puntual de al menos el 70 % del capital financiado del crédito vigente, conforme a la metodología publicada para compras simultáneas, habilita una evaluación de incremento; no lo garantiza. Podrán considerarse ausencia de mora, historial y capacidad de pago. Todo nuevo límite será informado al cliente.
SÉPTIMA. CARÁCTER REVOLVENTE
Los pagos recibidos, conciliados y aplicados a capital restituirán disponibilidad por el capital amortizado, hasta el límite vigente. Los cargos administrativos no aumentan disponibilidad. La liberación podrá esperar la confirmación bancaria y estará sujeta a controles de fraude y restricciones justificadas.
OCTAVA. CONDICIONES ECONÓMICAS
Cada compra se divide en seis (6) cuotas quincenales de capital. Se aplica un cargo administrativo único del siete por ciento (7 %) del monto de la compra financiada, cobrado al formalizar la compra, sujeto a su licitud y correcta calificación regulatoria y fiscal. Antes de la aceptación se mostrarán precio, capital, cargo administrativo, impuestos aplicables, total exigible, importe y fecha de cada cuota, moneda y mecanismo de conversión y pago. No se impondrán cargos adicionales no informados y aceptados o legalmente procedentes.
NOVENA. DESCUENTO POR PAGO EN DIVISAS
Cuando EL CLIENTE pague el Cargo Administrativo o una o varias Cuotas íntegramente en divisas, LA EMPRESA podrá aplicar sobre el monto pagado un descuento en el porcentaje que tenga vigente, el cual se informará a EL CLIENTE antes de efectuar el pago y se aplicará de forma automática.
El descuento no procede cuando el pago se efectúe en parte en bolívares y en parte en divisas. LA EMPRESA podrá modificar o suspender el descuento en cualquier momento, con efecto únicamente para los pagos posteriores, sin que su aplicación en pagos anteriores constituya un derecho adquirido de EL CLIENTE.
DÉCIMA. AUSENCIA DE INICIAL
Si la compra está completamente cubierta por el crédito disponible, no se exigirá inicial de capital; ello no elimina el cargo administrativo exigible al formalizar la operación. Si la compra supera la disponibilidad, podrá ofrecerse el pago de la diferencia cuando esa modalidad esté habilitada y sea aceptada.
DÉCIMA PRIMERA. CRONOGRAMA Y VENCIMIENTOS
Las seis cuotas se pagarán en las fechas concretas del cronograma individual aceptado, tomando como fechas ordinarias los días 15 y último día calendario de cada mes. El cliente se obliga a consultar y cumplir dicho cronograma. La ausencia de un recordatorio no modifica un vencimiento válidamente comunicado.
DÉCIMA SEGUNDA. MEDIOS DE PAGO Y ACREDITACIÓN
EL CLIENTE podrá pagar el Cargo Administrativo y las Cuotas en las cajas de CASAPRO, por los medios de pago habilitados en cada tienda, o a través de la Aplicación, mediante pago móvil a la cuenta que LA EMPRESA indique en ella o mediante débito inmediato a través de la plataforma de pago del banco habilitado. Los montos expresados en dólares de los Estados Unidos de América que se paguen en bolívares se convertirán a la tasa de cambio vigente en la Plataforma al momento del pago, tomada de la publicada por el Banco Central de Venezuela.
Un pago se considerará recibido: (i) en caja, al emitirse el comprobante correspondiente, salvo que el medio utilizado requiera una confirmación posterior de la acreditación, en cuyo caso se considerará recibido cuando LA EMPRESA la confirme; (ii) mediante pago móvil reportado en la Aplicación, cuando LA EMPRESA verifique su acreditación con el banco receptor; y (iii) mediante débito inmediato, cuando el banco confirme la operación. Si LA EMPRESA no puede confirmar la acreditación de un pago, este no producirá efecto y así se informará a EL CLIENTE.
EL CLIENTE es responsable de la exactitud de los datos que suministre para identificar sus pagos, tales como la referencia, el monto y el banco de origen. LA EMPRESA no reconocerá como pagos los efectuados a cuentas distintas de las indicadas en la Aplicación o en sus cajas.
DÉCIMA TERCERA. IMPUTACIÓN DE PAGOS Y SALDO A FAVOR
Los pagos se imputarán a las Cuotas pendientes de cada Compra Financiada por orden de vencimiento, comenzando por la más antigua. Cuando un pago se destine a varias Compras Financiadas, se cubrirán primero las Cuotas de vencimiento más próximo. Se admiten pagos parciales, que se imputarán a la Cuota correspondiente hasta su cancelación total.
Cuando un pago exceda lo adeudado por las Cuotas a las que se destina, el excedente se aplicará a las demás Cuotas pendientes de EL CLIENTE, de la Compra Financiada más antigua a la más reciente, y lo que reste se acreditará como Saldo a Favor. Cuando el excedente provenga de un pago realizado a través de la Aplicación, LA EMPRESA lo aplicará en esos mismos términos una vez verificado. También se acreditará como Saldo a Favor lo que corresponda devolver a EL CLIENTE por la anulación de una Compra Financiada, una vez aplicado a sus demás Cuotas pendientes.
El Saldo a Favor se aplicará de forma automática, sin necesidad de solicitud, al Cargo Administrativo y al pago inicial de las nuevas Compras Financiadas y a las Cuotas pendientes, de la Compra Financiada más antigua a la más reciente. LA EMPRESA informará a EL CLIENTE cada aplicación y conservará el registro de los movimientos de su Saldo a Favor. El Saldo a Favor no genera intereses ni puede convertirse en dinero en efectivo, salvo su devolución, que EL CLIENTE podrá solicitar a través de los Canales Oficiales y que LA EMPRESA efectuará por el medio que acuerde con él.
DÉCIMA CUARTA. PERÍODO DE GRACIA
Se conceden tres (3) días calendario posteriores al vencimiento de cada cuota, durante los cuales un pago oportunamente realizado y verificable no generará clasificación interna de mora. Vencido el plazo sin pago acreditado, la cuota podrá clasificarse como vencida. Los comprobantes de pago dentro del período serán revisados para evitar errores de conciliación.
DÉCIMA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
EL CLIENTE se compromete a pagar las cuotas; mantener actualizados sus datos; no ceder, prestar ni vender su cuenta; proteger sus credenciales; informar accesos no autorizados; no usar identidades o comprobantes falsos; conservar soportes; revisar sus movimientos y colaborar razonablemente en las verificaciones legítimas.
DÉCIMA SEXTA. AUTORIZACIÓN A TERCEROS PARA RETIRAR COMPRAS
EL CLIENTE podrá autorizar, desde la Aplicación, a una persona natural para que retire en su nombre los bienes de una Compra Financiada, indicando su nombre, su número de cédula de identidad y una fotografía de dicho documento. Solo podrá existir una autorización vigente a la vez; esta servirá para una única Compra Financiada, quedará sin efecto una vez utilizada, y EL CLIENTE podrá revocarla desde la Aplicación antes de su uso.
El personal de CASAPRO verificará la identidad de la persona autorizada antes de entregar los bienes. La autorización no transfiere a la persona autorizada ninguno de los derechos ni de las obligaciones de este contrato: la Compra Financiada se realiza con cargo a la Línea de Crédito de EL CLIENTE, quien responde de ella como si hubiera retirado los bienes personalmente. EL CLIENTE declara contar con el consentimiento de la persona autorizada para suministrar sus datos a LA EMPRESA.
DÉCIMA SÉPTIMA. INCUMPLIMIENTO Y MEDIDAS
Transcurrida la gracia, LA EMPRESA podrá suspender nuevas compras, restringir disponibilidad no utilizada, revisar el límite para futuras operaciones, emitir requerimientos y ejercer gestiones lícitas de cobro y acciones judiciales pertinentes. Tales medidas no alteran unilateralmente los cronogramas de operaciones perfeccionadas.
DÉCIMA OCTAVA. EXIGIBILIDAD ANTICIPADA
La exigibilidad anticipada del saldo no será automática. Solo podrá invocarse ante una causa objetiva grave o reiterada, expresamente prevista y aceptada en la operación individual, cuando sea legalmente admisible y tras notificación y oportunidad razonable de subsanación, salvo excepción legal.
DÉCIMA NOVENA. RECONOCIMIENTO INDIVIDUAL DE DEUDA
Cada compra financiada válida y electrónicamente aceptada genera una obligación individual de pago a favor de MI TIENDA VENEZUELA, C.A. Su comprobante, condiciones económicas, cronograma, registros de autenticación y estado de cuenta documentan la operación. EL CLIENTE reconoce su deber de pagar el capital y los cargos expresamente informados y legalmente procedentes, sin renunciar a impugnar operaciones, saldos o cargos indebidos.
VIGÉSIMA. TITULARIDAD Y RECUPERACIÓN
MI TIENDA VENEZUELA, C.A. es titular de los derechos de crédito, salvo cesión legalmente válida. Puede recibir y conciliar pagos, requerir cantidades vencidas, celebrar acuerdos de pago y ejercer acciones civiles. Solo podrá reclamar gastos, daños o intereses cuando exista fundamento legal y contractual suficiente y sean procedentes y demostrables.
VIGÉSIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD CIVIL Y CONDUCTAS FRAUDULENTAS
El incumplimiento imputable puede originar responsabilidad civil conforme a la ley. La falsificación de documentos, suplantación, engaños u otras conductas presuntamente delictivas podrán denunciarse ante autoridades competentes. El mero impago no constituye por sí solo delito ni produce responsabilidad penal automática.
VIGÉSIMA SEGUNDA. CONSULTAS Y TRATAMIENTO DE DATOS
EL CLIENTE autoriza, en los límites legales, verificaciones de identidad y capacidad de pago mediante fuentes legítimas. LA EMPRESA tratará los datos necesarios para registro, análisis crediticio, compras, pagos, seguridad, prevención de fraude, atención y obligaciones legales, con acceso restringido y conservación justificada. Toda comunicación a terceros deberá tener base jurídica suficiente. Las finalidades comerciales no indispensables requerirán la autorización correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y EVIDENCIAS
Las aceptaciones se realizarán mediante mecanismos electrónicos de autenticación. LA EMPRESA conservará la versión contractual, fecha y hora, identificador de cliente y operación, comprobantes, cronogramas, movimientos y registros técnicos pertinentes. Podrán presentarse como medios de prueba sujetos a autenticidad, integridad, admisibilidad y valoración conforme a la legislación venezolana. La aceptación de esta cláusula no crea presunciones irrebatibles.
VIGÉSIMA CUARTA. SEGURIDAD Y OPERACIONES DESCONOCIDAS
EL CLIENTE protegerá sus credenciales y reportará oportunamente usos no autorizados. LA EMPRESA podrá bloquear preventivamente una cuenta por indicios objetivos de riesgo. La responsabilidad por operaciones desconocidas se evaluará según las circunstancias, pruebas y deberes de ambas partes; no se atribuirá automáticamente al cliente por el solo uso de credenciales.
VIGÉSIMA QUINTA. DEVOLUCIONES, GARANTÍAS Y RECLAMOS
Las devoluciones y garantías se regirán por las normas aplicables y políticas válidamente informadas. La anulación o reintegro de una compra financiada producirá los ajustes correspondientes en capital, disponibilidad y cargos, según la causa y el derecho aplicable. EL CLIENTE podrá reclamar saldos, pagos y movimientos por los canales oficiales.
VIGÉSIMA SEXTA. SUSPENSIÓN Y CIERRE
LA EMPRESA podrá suspender nuevas operaciones por incumplimiento, riesgo objetivo de fraude, requerimientos legales o causas técnicas justificadas. EL CLIENTE podrá solicitar cierre de su línea, sujeto a obligaciones pendientes. La suspensión o cierre no extingue deudas válidamente contraídas; una vez canceladas, se facilitará constancia cuando corresponda.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. CAMBIOS CONTRACTUALES
Los cambios sustanciales se comunicarán con antelación razonable y requerirán nueva aceptación cuando proceda. No se alterarán unilateralmente en perjuicio del cliente las condiciones económicas y cronogramas de compras ya perfeccionadas, salvo habilitación legal expresa.
VIGÉSIMA OCTAVA. NOTIFICACIONES Y CANALES OFICIALES
Los avisos contractuales podrán enviarse a los medios registrados y a través de la aplicación. Para atención, reclamos y gestiones relacionadas con CREDIPRO, los canales oficiales son WhatsApp 0424-5298231 y correo electrónico credipro@casaprove.com. Las gestiones de cobranza deberán ser respetuosas, confidenciales y conformes a la ley; se prohíben amenazas, hostigamiento y exposición pública de deudas.
VIGÉSIMA NOVENA. AUTORIZACIÓN PARA RECIBIR COMUNICACIONES
EL CLIENTE autoriza expresamente a LA EMPRESA a enviarle, a través de la Aplicación, mediante notificaciones en su dispositivo, y a los números telefónicos y la dirección de correo electrónico registrados, por correo electrónico, mensajes de texto (SMS), servicios de mensajería instantánea, incluido WhatsApp, y llamadas telefónicas, las comunicaciones relativas a su cuenta y a sus operaciones, tales como la confirmación de Compras Financiadas, la aplicación de pagos, los recordatorios de vencimiento de Cuotas, los avisos de Cuotas Vencidas, los cambios de su Línea de Crédito o de su Categoría y los avisos de seguridad.
Las comunicaciones de carácter promocional o publicitario solo se enviarán con el consentimiento previo de EL CLIENTE, quien podrá revocarlo en cualquier momento a través de los Canales Oficiales, sin que ello afecte el envío de las comunicaciones relativas a su cuenta y a sus operaciones.
EL CLIENTE podrá desactivar en cualquier momento las notificaciones de la Aplicación desde la configuración de su dispositivo. La desactivación de las notificaciones, o la falta de recepción de un recordatorio, no lo exime de cumplir el Cronograma, conforme a la cláusula DÉCIMA PRIMERA. Las gestiones de cobranza se realizarán en los términos de la cláusula VIGÉSIMA OCTAVA.
TRIGÉSIMA. DISPONIBILIDAD TECNOLÓGICA
LA EMPRESA procurará continuidad y seguridad de la plataforma, sin garantizar disponibilidad ininterrumpida. Ante fallas imputables a LA EMPRESA que impidan pagar oportunamente, se facilitarán mecanismos razonables de corrección y regularización. No se excluyen responsabilidades legalmente inderogables.
TRIGÉSIMA PRIMERA. PROPIEDAD INTELECTUAL
La marca comercial CASAPRO, la denominación CREDIPRO, sus logotipos y signos distintivos, así como los textos, gráficos, diseños, interfaces, bases de datos, programas informáticos y demás elementos que integran la Plataforma, son propiedad de MI TIENDA VENEZUELA, C.A. o de sus licenciantes, y se encuentran protegidos por la legislación venezolana en materia de propiedad intelectual e industrial.
La aceptación de este contrato otorga a EL CLIENTE únicamente una licencia de uso personal, no exclusiva, intransferible y revocable de la Aplicación, limitada a los fines previstos en este contrato. Queda prohibido reproducir, copiar, modificar, distribuir, descompilar, aplicar ingeniería inversa o explotar comercialmente, en todo o en parte, cualquiera de dichos elementos sin la autorización previa y por escrito de LA EMPRESA.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. LEY APLICABLE, DOMICILIO Y CONTROVERSIAS
Este contrato se rige por la legislación de la República Bolivariana de Venezuela. Las partes podrán procurar soluciones por los canales de atención y conciliación, sin impedir el acceso a las autoridades administrativas y tribunales competentes ni restringir derechos imperativos del consumidor.
Para todos los efectos derivados de este contrato, las partes eligen como domicilio especial la ciudad de Barinas, estado Barinas, a cuya jurisdicción declaran someterse, sin perjuicio de los fueros que la ley reconozca a EL CLIENTE en su condición de consumidor.
TRIGÉSIMA TERCERA. INTEGRIDAD Y NULIDAD PARCIAL
Integran la relación contractual estos términos, sus versiones válidamente aceptadas y los comprobantes y cronogramas de cada compra. La invalidez de una disposición no afectará las restantes cuando puedan subsistir legalmente.
TRIGÉSIMA CUARTA. ACEPTACIÓN INFORMADA
EL CLIENTE declara haber tenido acceso a una copia descargable del contrato; conocer la línea revolvente, categorías, seis cuotas quincenales, gracia de tres días, cargo del 7 %, condiciones de mora y tratamiento de datos; y aceptar electrónicamente las condiciones. Cada compra requerirá presentación y aceptación de sus condiciones particulares, preservando el registro correspondiente.
TRIGÉSIMA QUINTA. VIGENCIA
El contrato entra en vigor tras su aceptación válida y permanece aplicable mientras exista relación crediticia, sin perjuicio de obligaciones pendientes o disposiciones que deban subsistir por ley.
DATOS DEL OPERADOR Y CONTROL DOCUMENTAL
Razón social: MI TIENDA VENEZUELA, C.A.
RIF: J-40733962-1
Marca comercial: CASAPRO
Plataforma: CREDIPRO
Domicilio fiscal: Avenida Alberto Arvelo Torrealba, entre avenida El Progreso y avenida Los Llanos, Edificio CASAPRO, PB, local CASAPRO, urbanización Alto Barinas Sur, Barinas, estado Barinas, zona postal 5201, Venezuela.
WhatsApp: 0424-5298231
Correo: credipro@casaprove.com
Fecha de entrada en vigor: 12 de octubre de 2026

